martes, 25 de noviembre de 2008

NORMAS DE MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA ORGANIZACIONES

Primeramente debemos tener un alcance en lo que se refiere a Seguridad Industrial:
El siguiente video muestra la importancia de conocer la seguridad industrial en todos los trabajadores

OBJETO Y ALCANCE
Establecer con carácter general las disposiciones internas que deberán seguir las empresas oferentes, las exigencias a que serán sometidas desde el punto de vista legal, los requisitos que deberán cumplir, así como los equipos y materiales con los que deberán contar para desempeñar sus actividades dentro del Organismo.

DISPOSICIONES GENERALES
Toda empresa, como requisito mínimo deberá presentar constancia del SEGURO CONTRA ACCIDENTE DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES del personal a trabajar en todas las dependencias del Organismo, el cual deberá mantener vigente por todo el período que duren los trabajos.
Cualquier tipo de accidente o eventual intoxicación o enfermedad que pudiera afectar al personal de la empresa deberá ser cubierto con el seguro referido anteriormente.

La empresa deberá ajustarse a todas las medidas de seguridad que establece la ley los Decretos, y las demás disposiciones específicas en materia de seguridad para cada área en particular.

La empresa designará un responsable de lo referente a SEGURIDAD INDUSTRIAL. Cuando se trate de empresas del ramo de la construcción, dicha persona deberá estar identificada con chaleco reglamentario.
El Organismo designará en todos los casos al funcionario que será el nexo con la empresa, el que será responsable del cumplimiento de las normas y procedimientos vigentes para el desarrollo de las actividades de la misma.

Previamente al inicio de los trabajos el responsable de Seguridad Industrial de la empresa deberá dirigirse al área de Seguridad Industrial para recibir una instrucción general.
En forma previa a la ejecución de todos los trabajos se deberá obtener la habilitación correspondiente del área de Seguridad Industrial.

En caso de ser necesaria la realización de trabajos no contemplados en la presente norma, el nexo con la empresa contratada solicitará al área de Seguridad Industrial los lineamientos a seguir.

Además del cumplimiento de las disposiciones específicas en materia de seguridad industrial relativas a la actividad a desarrollar en el Organismo, la empresa podrá proponer medidas complementarias al funcionario designado como nexo, las cuales una vez aprobadas por el área de Seguridad Industrial podrán ponerse en funcionamiento.

Cuando por distintos motivos no pueda cumplirse con alguna de las disposiciones, la empresa lo planteará al funcionario designado como nexo, el cual someterá dicho planteo a la decisión del área de Seguridad Industrial.

La empresa será responsable del personal dependiente, y asumirá la responsabilidad por los hechos de sus dependientes.

El o los titulares de la empresa no podrán ser funcionarios del Organismo ni podrá aquélla utilizar personal que revista en sus cuadros funcionales.

Con cuarenta y ocho horas de antelación a la fecha de iniciación de los trabajos, la empresa deberá presentar ante el área responsable de controlar el cumplimiento del contrato, la nómina del personal afectado a la obra detallando para cada persona su nombre, número de documento de Identidad, horario en que normalmente trabajará y función (en particular la identificación de un capataz y un suplente). Si trabaja con empresas sub-contratistas deberá detallar su nombre, período en que trabajará y el personal con los mismos datos.
La empresa procurará evitar la rotación excesiva del personal. Las modificaciones a la nómina original de personal deberán comunicarse por parte de la empresa con los mismos requisitos.

La empresa deberá contar con sistema propio de emergencia, para dar atención médica a todo tipo de accidente.

La empresa será responsable de que su personal use en forma permanente dentro del Organismo la tarjeta de identificación.

Durante las horas de trabajo el personal de la empresa deberá contar con todos los elementos de seguridad industrial que requiera el trabajo a realizar, siendo obligatorio su uso. La empresa proveerá a su personal de los implementos de protección personal que fuesen necesarios para la realización de cada tarea, de acuerdo con lo previsto en la " Norma para uso de equipo de protección personal " (Zonas o tareas donde debe usarse el equipo de protección personal).
Asimismo será responsable por su calidad y efectividad así como por el uso y conservación correcta de los mismos por parte del personal.

La empresa es responsable en cuanto a que las herramientas y equipos a ser utilizados cumplan con las condiciones mínimas de seguridad exigidas por las normas y leyes, pudiendo ser inspeccionadas por el área de Seguridad Industrial cuando se considere necesario.

Todos los equipos y herramientas que la empresa necesite ingresar al Organismo deberán estar perfectamente identificados y deberán llevar los distintivos de dicha empresa. En el caso de los vehículos y equipo pesado, deberán llevar carteles identifica torios de la empresa y número de contrato que identifica el trabajo que está realizando.
Con cuarenta y ocho horas de antelación a la fecha de iniciación de los trabajos, la empresa deberá presentar ante el área responsable de controlar el cumplimiento del contrato un listado detallando la cantidad y las características de las herramientas, materiales y equipos que ingresará.

Los vehículos de carga y las máquinas que utilice la empresa serán sometidos en forma previa a una inspección de seguridad, cualquiera sea el término de permanencia en el Organismo, por intermedio del área de Seguridad Industrial.

Se podrá requerir a la empresa la instalación de baños químicos cuando lo estime conveniente, teniendo en cuenta las características del trabajo a realizar, la cantidad de personal empleado por la empresa así como la dependencia donde se vayan a desarrollar las tareas.
El Organismo se reserva el derecho de efectuar indicaciones y aún de suspender el trabajo en forma temporaria o definitiva, cuando no se cumplan las disposiciones previstas o aludidas en esta norma o porque lo considere necesario para sus intereses, no alterándose por ello la situación de total responsabilidad que al respecto tenga la empresa contratada y sin que ello genere el derecho a indemnización alguna a favor de la misma.

La empresa es responsable por el conocimiento y cumplimiento por parte de todo su personal o sub-contratistas de la presente norma y de otras disposiciones que puedan regir su actividad.

DISPOSICIONES PARA EL PERSONAL DE LA EMPRESA

Disposiciones generales
El personal de las empresas deberá cumplir con todas las disposiciones y normas disciplinarias a que está afectado el personal del Organismo del área en la cual se desarrollarán los trabajos. Tanto al ingreso como a la salida podrán ser inspeccionados por personal de vigilancia, al igual que se hace con los funcionarios del Organismo.

En las plantas donde esté prohibido el ingreso portando cigarrillos, fósforos o encendedores, dichos elementos deberán dejarse en los puestos indicados a tal efecto. La trasgresión de esta disposición obligará a la empresa contratada a no ofrecer sus servicios a través del personal involucrado por 180 días. La reiteración de la falta ameritará la inmediata expulsión de la persona, que quedará inhabilitada para el futuro ingreso a la planta, quedando el Organismo exonerado de toda reclamación.
El área de Vigilancia llevará un registro a tales efectos.

Las empresas o sub-contratistas deben presentar Certificado de Habilitación Policial y Carné de Salud vigentes de todo el personal dependiente, antes de su ingreso al Organismo para el inicio de los trabajos.
No se permite introducir bebidas alcohólicas de cualquier tipo en la zona de trabajo. No se permitirá el ingreso al Orgnismo ni desarrollar sus tareas a una persona en estado de ebriedad.

No se permite entrar o retirar herramientas, materiales y equipos o cualquier otro elemento sin autorización expresa al efecto, de acuerdo con lo que establecen los "Procedimientos para el control de cumplimiento de medidas de seguridad industrial por parte de empresas.”

Está prohibido el porte de armas de fuego o blancas, excepto para los agentes de vigilancia en lo que se refiere a armas cortas de fuego.

No se permite correr dentro de las oficinas, pasillos, talleres, etc., o al entrar o salir del trabajo.
Solamente podrá hacerse cuando razones de servicio o de riesgo así lo impongan. El tránsito deberá hacerse por las veredas donde las haya, conservando la derecha. Cuando deba transitarse por las calles se hará por la izquierda para dar el frente a los vehículos.

Está prohibido el uso de cámaras fotográficas y/o filmadoras dentro del Organismo, salvo con autorización especial de la autoridad máxima de la dependencia.

Está prohibida la tenencia permanente o temporaria de animales domésticos en el lugar de trabajo.

Se prohíbe ascender o descender de los vehículos en marcha.

No se permite ingresar con receptores de radio, cassetteras o similares, aparatos portátiles celulares, radio aviso o busca persona.

Ninguna persona dependiente de una empresa, puede permanecer o visitar sectores donde no esté debidamente autorizada su presencia por razones de trabajo.

El personal dependiente de la empresa no podrá ingresar o realizar tareas con el torso desnudo, pantalón corto o bermudas

Se prohíbe terminantemente fumar, hacer fuego o emplear elementos que produzcan fuentes de ignición en los lugares expresamente prohibidos.

No se podrá ingresar con bolsos o paquetes; los mismos deberán quedar depositados en los puestos habilitados a tales efectos.

La hora de entrada no podrá ser antes de la media hora de comienzo de la jornada y la de salida no podrá ser después de la media hora de finalizada la jornada, salvo autorización expresa. La jornada no podrá superar las 14 horas diarias de trabajo, ya sea para la misma o para diferentes empresas.
El personal dependiente de las empresas cuyo servicio sea cotizado en horas/hombre deberá registrar su ingreso y egreso marcando tarjeta en el reloj.
Cuando se adjudique roperos al personal se deberán traer candados. El Organismo no se hará responsable de sustracciones.
No se permite utilizar alcoholes ni subproductos del petróleo para lavarse y/o lavar ropa.
No se permite la utilización de agua de la red contra incendio para otros fines.

El personal ingresará a planta exclusivamente para realizar los trabajos, quedando prohibida cualquier otra actividad que no sea para la cual fue contratado.

Está prohibida la contratación de personal en la puerta de ingreso o predios del Organismo.
Está prohibido el pago de haberes al personal en predios del Organismo.

Disposiciones de seguridad
Es imprescindible que el personal de las empresas utilice en todos los casos el equipo de trabajo que la propia empresa ha declarado, debiendo conservar todos aquellos distintivos que permitan una fácil identificación de su personal. Dichos equipos serán suministrados por la empresa y las reposiciones estarán a cargo de la misma.

Es obligatorio que el personal use en forma permanente durante las horas de labor los implementos de protección personal, de acuerdo con lo que se establece en la "Norma para el uso de equipo de protección personal" (Zonas o tareas donde debe usarse el equipo de protección personal).
Es obligatorio identificar claramente en los CASCOS del personal el nombre de la empresa a la que pertenecen, debiendo utilizar para los mismos el color azul bolita

Cuando se utilicen equipos de soldadura eléctrica, oxiacetilénica, de corte o percusión, herramientas portátiles y/o eléctricas, se deberá obtener autorización del área de Seguridad Industrial.

Los equipos accionados con motor a combustión interna no podrán ponerse en funcionamiento en zonas consideradas riesgosas sin la previa inspección del área de Seguridad Industrial. A fin de evitar la salida de gases calientes y chispas del escape del motor, éste deberá estar provisto con arrestallamas y batería cubierta.

Antes de efectuar cualquier trabajo en tanques, parque de tanques, recipientes, equipos, cañerías, etc. que contengan o hayan contenido líquidos o gases inflamables, la empresa deberá requerir la autorización respectiva del área de Seguridad Industrial por intermedio del nexo designado, ajustándose luego a lo que se establezca.

Cuando existan derrames de productos inflamables que coincidan con el lugar de trabajo deberá detenerse inmediatamente todo tipo de tareas y avisarse de inmediato al nexo designado y por su intermedio al área de Seguridad Industrial, estando prohibido en dichas circunstancias hacer reparaciones, golpear o emplear máquinas sin previa autorización del área antes mencionada.

Toda máquina que utilice la empresa deberá poseer todos los aditamentos de seguridad que corresponda a fin de evitar accidentes y/o lesiones a sus operadores y terceros, de acuerdo con las normas vigentes al respecto.

Para los trabajos de soldadura oxiacetilénica, el equipo se instalará en el lugar de trabajo en forma tal que se presente ordenado y no interfiera con la libre circulación o las instalaciones.

Las uniones a los tubos, al soplete y empalmes, serán del tipo estanco con abrazaderas.

Las mangueras de conexión deberán ser del tipo apropiado para estas tareas y no presentar empalmes salvo que la distancia a salvar sea mayor que la longitud de los tramos comerciales.

El equipo generador de acetileno deberá estar unido de sus correspondientes válvulas de seguridad.
Los manómetros y válvulas reductoras de presión deberán estar en perfectas condiciones de funcionamiento.
El cabezal del tubo de oxígeno deberá contar con el capuchón de protección y encontrarse exento de materias grasas.
No deben colocarse piezas de cobre (armaduras, caños, etc.) en las instalaciones de acetileno, puesto que el cobre forma con el gas acetileno una combinación explosiva.

Al ejecutar trabajos de pintura con soplete, de cualquier tipo, se deberá previamente solicitar autorización al área de Seguridad Industrial.

La empresa deberá obtener permiso especial del área de Seguridad Industrial antes de efectuar alguna abertura temporal de cualquier terraplén de contención en recintos de tanques. Estos terraplenes no deberán dejarse abiertos durante la noche, debiendo cerrarse antes de la finalización de la jornada de trabajo.
Cuando se utilicen elementos de carácter peligroso, irritante o tóxicos, se tomarán todas las precauciones del caso. Además se protegerá al personal con elementos adecuados, con la supervisión y autorización del área de Seguridad Industrial.
El área de Seguridad Industrial correspondiente brindará instrucciones específicas para la realización de trabajos en las distintas áreas.

Cuando sea necesario proveer de alimentación eléctrica, ésta se hará a través de un tablero con llave diferencial (sensibilidad de 30 mA) provisto por la empresa. La conexión debe ser solicitada al nexo designado.

PREVENCIÓN DE INCENDIOS
El personal deberá estar instruido para combatir cualquier principio de incendio y estar familiarizado con los equipos con que se cuenta.

En caso de incendio en sectores que no correspondan al área de operación de la empresa, se deberán detener inmediatamente los equipos y trabajos, concurriendo dentro del orden correspondiente a los lugares de estacionamiento establecidos.

En caso de que el siniestro ocurra en el área en que opera la empresa, ésta deberá intervenir de inmediato con los elementos disponibles y dar aviso al personal de vigilancia.

Se debe mantener libre de obstáculos todas las puertas, pasillos, corredores y accesos a equipos d combate de incendio.

Los vehículos deberán respetar la velocidad máxima establecida para la circulación dentro de la dependencia. Asimismo deberán ser conducidos por personal habilitado con su correspondiente libreta de conductor.

Los vehículos de la empresa sólo podrán transitar por los lugares autorizados a tal efecto.

Cuando se deba realizar el transporte de cargas de envergadura se deberá dar parte al área de Seguridad Industrial a fin de que ésta analice las circunstancias de la tarea y señale las previsiones a tomar en cada caso.

El estacionamiento sólo podrá hacerse en los lugares autorizados, no pudiendo estacionarse vehículos en forma indebida que interrumpa el tránsito de los caminos y debiendo darse preferencia de paso a los vehículos de incendio y ambulancias.

No se podrá cortar el tránsito o el acceso a ninguna calle o lugar sin autorización previa del área de Seguridad Industrial. Una vez obtenida la misma se deberá señalizar convenientemente.

Cuando se estacione un vehículo se debe dejar los frenos de posición colocados y el motor apagado.

Queda totalmente prohibido el estacionamiento frente a los elementos de seguridad.

Las cargas que sobresalgan de la parte trasera de un vehículo deberán ser señalizadas con una bandera roja y estar aseguradas de tal manera que no tengan movimiento alguno. Si es de noche, la señalización se hará con luces rojas.

Debido a la presencia de líneas eléctricas y cañerías aéreas (transporte de combustibles, alcohol, agua, etc.) que atraviesan frecuentemente caminos interiores de las plantas, todo tipo de transporte deberá tener una altura de carga acorde a la limitación del espacio libre existente entre el nivel del terreno y las líneas eléctricas o cañerías.

No se admitirán más de tres personas en el asiento delantero de vehículos pick - up o camiones. Asimismo está prohibido transportar personal en máquinas pesadas como por ejemplo tractores, grúas, etc., así como en la caja de los rodados, a menos que se hallen dispuestos asientos y barandas de protección.

Cuando se carguen o descarguen materiales inflamables de un vehículo, el conductor y los ocupantes no deben permanecer en él.

SEÑALIZACIÓN
Se deberá alertar adecuadamente la presencia de obstáculos que pudieran originar accidentes:
Para las horas diurnas se utilizarán barreras o carteles indicadores que permitan alertar debidamente el peligro, siendo conveniente estudiar su ubicación para evitar el retroceso de los vehículos por falta adecuada de señalización. Ésta se hará de acuerdo con lo señalado en la Norma "Colores de Seguridad".
En horas nocturnas se utilizarán como complemento balizas de luz roja, en lo posible intermitente. Queda prohibido colocar balizas de las denominadas de "fuego abierto" dentro de zonas consideradas riesgosas.

EXCAVACIONES
Si fuera necesario ejecutar zanjas y en especial si son de profundidad apreciable, se tendrá preferente cuidado en considerar el tipo de terreno y efectuar los cortes laterales de acuerdo al talud que corresponda a la estructura del suelo.
Se deberán consultar planos de la zona para verificar la presencia de cables eléctricos, cañerías, etc., con objeto de evitar daños a los mismos y accidentes personales

Cualquier excavación de más de 0,90 m de profundidad deberá contar con barandas de protección en todo su perímetro. Cuando la profundidad supere a 1,2 m deberá usarse escalera para el ascenso y descenso de personal, así como estudiar cuidadosamente el posible deslizamiento del terreno y si fuera necesario, efectuar el apuntalamiento correcto.
El apuntalamiento será obligatorio independientemente de su profundidad cuando la excavación se realice próxima a un equipo.

El material extraído deberá colocarse a una distancia no menor a dos veces la profundidad del corte del borde de la excavación, colocándose barreras para delimitar el área.

En todo momento se deberá liberar el espacio necesario para la circulación del personal en casos de emergencia.

TENENCIA DE HERRAMIENTAS, MATERIALES Y EQUIPOS
Las empresas a las que se les asignen pañoles (obradores) en el Organismo y/o instalen baños químicos, deberán identificar claramente los mismos con un cartel con el nombre de la empresa y el número de contrato del trabajo que está realizando.
La ubicación de los obradores, vestuarios y/o baños químicos se acordará previamente entre la empresa, el área de Seguridad Industrial y el nexo designado.
Los pañoles deberán estar dotados de la seguridad imprescindible en puertas y ventanas (trancas, candados, etc.) para evitar posibles hurtos y el ingreso de personas no autorizadas.

Dentro del pañol estarán: todas las herramientas portátiles de fácil manipulación y los materiales debidamente ordenados y agrupados, sobre todo aquéllos de fácil sustracción (pinturas, rollos de cable, etc.).
La maquinaria que por su tamaño no pueda guardarse, quedará en las proximidades del área asignada, con la debida seguridad.

La empresa obligatoriamente deberá llevar un registro de las herramientas, los materiales y los equipos entrados y salidos del Organismo.

En el caso de constatar faltantes o la violación de las trancas se deberá comunicar el hecho inmediatamente al funcionario designado como nexo a efectos de la notificación al área de Vigilancia, no permitiendo el ingreso de personas ni removiendo elemento alguno hasta la comprobación de lo sucedido, facilitando de esta forma la investigación.

ANDAMIOS Y ESCALERAS
Toda empresa que deba construir andamios en el Organismo tendrá que cumplir con lo establecido, previo a la realización del trabajo.

Cuando se realice un trabajo en altura, se deberá construir el andamiaje cumpliendo con los requisitos exigibles respecto a los materiales, estabilidad, resistencia y seguridad, satisfaciendo además las exigencias particulares a cada clase de ellos y debiendo requerir en forma previa el visto bueno del área de Seguridad Industrial.
Cuando se construya un andamiaje se deberá tomar en cuenta las necesidades de carga, el lugar y la protección para operarios o equipos debajo del mismo.

Los andamios deberán estar siempre despejados de obstáculos y exentos de grasas, aceites o de cualquier otra substancia que pueda originar caídas por resbalamiento.

Sólo podrán subir a los andamios los operarios, los técnicos vinculados a la obra y los inspectores.

Toda escalera de mano usada para acceder a niveles altos, deberá sobrepasar en 1 m como mínimo del lugar más alto a que deban subir las personas que la utilicen, o prolongarse por un montante de la misma altura que forme pasamanos a la llegada.

La escalera de mano deberá asentarse sobre un plano regular y firme, tratando en lo posible de inmovilizarla.

ENTREGA DEL LUGAR DE TRABAJO (CONDICIONES DE SEGURIDAD, ORDEN Y LIMPIEZA)
Al entregar el lugar de trabajo y/o al final de la jornada el capataz junto con el nexo designado deberán verificar que se eliminen las condiciones riesgosas:
En caso de utilizar conexiones eléctricas, éstas deben quedar desenergizadas.
No podrán dejarse zanjas sin los tablones respectivos que cubran las mismas. En caso de que éstas sean realizadas en calles de circulación vial, se deberán cubrir con chapas que resistan la libre circulación de vehículos.
Los pozos deberán quedar correctamente señalizados.

Los residuos serán depositados en las zonas delimitadas para tales fines de acuerdo con las características de los mismos.

Las calles internas deberán mantenerse limpias de todo material proveniente de la obra. Las calles externas circunscriptas al área de la obra, deberán cumplir con las disposiciones municipales al respecto.

Al finalizar la obra y antes de retirarse del lugar de trabajo la empresa contratada deberá ordenar y limpiar el lugar que ocupaba.


RESPONSABILIDAD

Todo perjuicio al Organismo por causa de malas prácticas de la empresa habilitará al no pago de facturas, retención de garantías y exigencia de compensación total de daños humanos y materiales.

La empresa contratada deberá denunciar todo tipo de accidente o incidente ocurrido durante la ejecución de los trabajos. La omisión de esta exigencia constituirá una falta grave, que podrá dar mérito a aplicación de multas de acuerdo con el pliego y afectación de facturas (descuento, retención, etc.) pudiendo inclusive llegarse a la rescisión unilateral del contrato por parte del Organismo.

ACCIDENTES DE TRABAJO
En caso que el personal de la empresa o sub-contratista sufra un accidente durante la ejecución de los trabajos será obligatorio remitir al área de Seguridad Industrial correspondiente, en el menor plazo posible, la siguiente información:
Nombre y número de Cédula de Identidad del accidentado
Descripción del accidente
Días perdidos por el trabajador.

El siguiente video nos da a conocer con mayor amplitud el tema de Accidentes laborales

Para algunos sectores empresariales éste tema pudiera considerarse poco importante, sin embargo no debe ser así, ya que si pensamos en los costos que implican daños en equipos por mal manejo ó por falta de mantenimiento que deben asumir las empresas, entonces vemos la importancia de la práctica de la seguridad industrial.
También es importante la correcta aplicación de la seguridad industrial para evitar accidentes entre los empleados, puesto que esto afectará a la empresa en muchos aspectos, como perder al trabajador y con él su experiencia y la pérdida de tiempo para el cumplimiento de los pedidos.
Viendo el tema anterior podemos decir que la eficiencia y la competitividad no solo tienen que ver con costos y ganancias sino con un cuidadoso manejo del desperdicio de tiempo y trabajo como fruto de accidentes y mantenimiento.

1 comentario:

  1. HOLA:

    ANTE TODO, CONSIDERAMOS MUY RESCATABLES TODOS LOS CRITERIOS CONSIDERADOS EN LOS QUE A NORMAS DE SEGURIDAD SE REFIERE. POR UN LADO CABE RESALTAR QUE SI BIEN SERIA GENIAL QUE TODOS ELLOS SE PUDIESEN APLICAR A TODA UNA ORGANIZACION PERO ES NECESARIO HACER NOTAR QUE MUCHAS VECES ESTOS DEBEN ADECUARSE -EN TODO CASO- A CADA UNA DE LAS ORGANIZACIONES EXISTENTES SEGUN SU SITUACION EN PARTICULAR PUES EN UN INICIO Y A PARTIR DE ALLI, IR DESARROLLANDO TODOS ESTOS ASPECTOS (MATERIAL-HUMANO) LO CUAL ESTA RELACIONADO CON EL CRECIMIENTO DE ESTAS MISMAS EN EL TIEMPO (CORTO Y LARGO PLAZO).

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